DERECHO A UNA PENSIÓN ALIMENTICIA
¿QUIEN TIENE DERECHO A UNA PENSIÓN ALIMENTICIA? Artículo 302.- Los cónyuges están obligados a proporcionarse alimentos. La ley determinará cuándo queda subsistente esta obligación en los casos de separación, divorcio, nulidad de matrimonio y otros que la ley señale. Los concubinos están obligados en términos del artículo anterior. Artículo 303.- Los padres están obligados a dar alimentos a […]