Juicio de Dependencia económica.
Es el procedimiento No contencioso, mediante el cual se acredita la dependencia económica que existía con el familiar supérstite.
Generalmente este procedimiento se acredita por medio de los testimonios de dos testigos, que ante la presencia del Juez familiar, deberán acreditar que efectivamente quien los esta presentando como testigos dependía económicamente de la persona ya fallecida, ello para solicitar algún seguro de vida, pensión ante IMSS, ISSSTE, para cobrar los recursos de AFORE, etc.
El tramite deberá hacerse por un despacho de abogados especializados en la materia.
- Acta de nacimientos de los hijos.
- Acta de matrimonio.
- Acta de defunción del asegurado.
- Nombre de tres testigos con domicilio.
- Algún documento del IMSS que tenga en su poder. (Credencial, carnet de citas médicas o cualquier documento en donde conste que ha estado registrada(o), en el IMSS con el número de Afiliación del asegurado fallecido si ese fuera el caso).
- Firmar hoja de datos en despacho.
- Se tramitan ante el juez de lo familiar competente.
- Para concubinato es conveniente exhibir constancias de soltería o no matrimonio que expide el Registro Civil del asegurado fallecido o pensionado y de su pareja.
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