¿TUS VECINOS SON MOLESTOS?

VECINOS MOLESTOS

Muchas veces, la convivencia en comunidad no resulta todo lo armoniosa que debería.

—El Código Penal sanciona el delito contra el medioambiente

* A nivel administrativo, el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, somete nuevamente a examen las actividades que son calificadas como molestas, incluyendo la producción de ciertos ruidos.

* A nivel civil, entre particulares, existe la Ley de Propiedad Horizontal, que regula las relaciones vecinales, sancionando las actividades molestas. Incluso el Tribunal Constitucional ha llegado a regular, ante un caso de ruidos molestos, el derecho fundamental a la integridad física y moral y a la intimidad derivada de la contaminación acústica.

Si tienes un problema por emisiones sonoras, vibraciones o por emisión de partículas al ambiente puedes denunciar en la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT) y estos realizaran un estudio de ruido desde el punto de recepción (punto de denuncia) para determinar si esta por encima de la norma y  si es el caso emitirán una resolución con el fin de resolver este problema.

 

¿Se pueden utilizar las zonas comunes para uso propio, Como por ejemplo, zonas de paso o terrazas comunitarias, para barbacoas o fiestas de cumpleaños? Los elementos comunes de una comunidad quedan regulados en el Código Civil y la Ley de Propiedad Horizontal, y son los necesarios para el adecuado uso y disfrute de los diferentes pisos o locales de un edificio, así como las partes de ellos susceptibles de aprovechamiento independiente. Hay dos tipos de elementos comunes:

—Por naturaleza, que son imprescindibles para permitir el uso y disfrute de los pisos o locales.

—Por destino, admitiéndose que estos últimos, entre los que se incluyen las terrazas, garajes o trasteros, pueden dejar de tener ese carácter común y ser atribuidos a un uso privado o exclusivo, a favor de uno o varios de los propietarios de pisos o locales, y excluyendo al resto.

 

QUE HACER CUANDO MI VECINO NO RECOGE LAS HECES DE SU PERRO

Si vives en alguna de las unidades condominales ubicadas en cualquiera de las 16 Alcaldías de la Ciudad de México y tienes el problema de que los vecinos alteran tu tranquilidad, ahora puedes denunciarlos ante la Procuraduría Social (Prosoc) para hacer que acaten los reglamentos o serán multados y remitidos ante las autoridades.

O bien ir con el Juez Cívico correspondiente a tu localidad, ya que el artículo 26 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México establece:

Son infracciones contra el entorno urbano de la Ciudad de México:

I. Abstenerse de recoger, de vías o lugares públicos, las heces fecales de un animal de su propiedad o bajo su custodia, así como tirar o abandonar dichos desechos fuera de los contenedores.


Cuando compras una vivienda en un conjunto condominal nadie te garantiza que los vecinos serán personas respetuosas y responsables, siempre habrá quien se rebele contra las reglas sin importar el nivel económico. Por eso, entre mayor sea el orden administrativo, más fácil será aplicar la ley que garantice la tranquilidad de todos los vecinos.

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5685-0466, 6577-6098 y 6577-7240

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EL DIVORCIO DE DEFINE COMO:

Disolución del matrimonio dejando a cada uno de los cónyuges con la libertad de contraer uno nuevo, se refiere al proceso que tiene como intención dar término a una unión conyugal.

REQUISITOS PARA EL DIVORCIO.

Los requisitos que se necesitan para llevar acabo el divorcio son:

♠ Tener mas de un año de casados

♠ Acta de matrimonio

♠ Acta de nacimiento de hijos (no importando que sean mayores de 18 años)

♠ acreditar la propiedad de vienes y/o inmuebles que se deseen disputar.

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¿UN POLICIA TE PUEDE DETENER CUANDO TRANSITAS POR LAS CALLES?

ACTO DE MOLESTIA (revisión de rutina)

transito

Existen muchas dudas respecto a este tema, cuando la que se dice ser nuestra autoridad pretende detenerte para hacer la clásica inspección de Rutina, claro que la policía tiene derecho a infraccionar, llevarte al corralón e incluso detenerte, pero ¿sabes cuando lo puede hacer?  Aquí te decimos.

Constitucionalmente Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesione, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive las causas legales del procedimiento.

Lo anterior quiere decir que si vas circulando por alguna avenida o carretera de alguna Ciudad o Estado de la República, y una patrulla te marca el alto, lo primero que tiene que hacer es identificarse y explicarte las causas por las que te esta deteniendo, obviamente puede haber varias razones para hacerlo, como ir a exceso de velocidad, no traer luces prendidas, Circular el día que no podías hacerlo,  haber rebasado en una zona donde no estaba permitida, Te pasaste un Alto, etc. si estas consciente de haberlo hecho pues muestra tus documentos y espera tu infracción y la sanción correspondiente, pero si no hay motivo aparente y te sale con que es una Revisión de Rutina OJO  Nadie puede ser molestado en su persona o  posesiones sin una orden de aprehensión, reaprehensión o presentación.

 Por lo que podrás negarte a mostrarle documentos e identificarte hasta que te muestre la orden que lo faculta para detenerte, sino la tiene puedes denunciarlo por abuso de autoridad, ya que como se explicó es un acto de molestia.

Explícale al policía que conoces tus derechos y que nadie puede ser molestado sin una orden, por lo que te puedes ir e infórmale que lo puedes denunciar y pídele su nombre y que te muestre su identificación para proceder en su contra ante la Fiscalía de Servidores Públicos de la entidad.

Si tienes alguna duda o algún problema en el que consideres que se te han violado tus derechos Contáctanos nosotros te ayudamos.

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¿TE GRAFITEARON TU CASA?

Se conoce como GRAFFITI  a una modalidad de pintura libre, destacada por su ilegalidad, generalmente realizadas en espacios urbanos. Su origen se remonta a las inscripciones que han quedado en paredes desde los tiempos del Imperio romano, especialmente las que son de carácter satírico o crítico.

En el lenguaje común, el grafiti es el resultado de pintar textos abstractos en las paredes de manera libre, creativa e ilimitada con fines de expresión y divulgación donde su esencia es cambiar y evolucionar buscando ser un atractivo visual y con un alto impacto, como parte de un movimiento urbano revolucionario y rebelde siendo una de las cuatro partes de las ramas del hip hop.

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¿sabes cuales son sus consecuencias?

Dañar, pintar, maltratar, ensuciar o hacer uso indebido de las fachadas de inmuebles públicos o de los particulares, sin autorización expresa de éstos, estatuas, monumentos, postes, arbotantes, semáforos, parquímetros, buzones, tomas de agua, señalizaciones viales o de obras, puentes, pasos peatonales, plazas, parques, jardines, elementos de ornato u otros bienes semejantes. El daño a que se refiere esta fracción será competencia del juez hasta el valor de veinte veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente o un arresto entre 24 a 48 horas según el daño cometido;

 

Asi lo establece el Articulo 26 de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal.

GRAF DETENIDOS

TIENES QUE PRESENTAR LA DENUNCIA

Debes presentar la denuncia ante el Juez Cívico correspondiente con eso se pondrá mas vigilancia en la zona donde fue el ilícito y si se llega a encontrar con algún infractor se relacionara con la denuncia que hayas realizado, por tanto es importante que presentes tu queja ante el Juez Cívico correspondiente.

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